Economía

31/07/2026 02:39

El Gobierno oficializó una postergación parcial en los aumentos de combustibles

A través del Decreto 693/2026 se determinó que los incrementos pendientes de los impuestos a las naftas y al gasoil se aplicarán de forma escalonada

El Gobierno oficializó una postergación parcial en los aumentos de combustibles

El Gobierno nacional ha oficializado una nueva decisión estratégica respecto a la actualización de los gravámenes que pesan sobre el sector energético. A través del Decreto 693/2026, publicado recientemente en el Boletín Oficial, las autoridades dispusieron una postergación parcial de los aumentos previstos para los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. Esta medida busca moderar el impacto de la inflación en el bolsillo de los consumidores mientras se intenta cumplir con las metas de recaudación fiscal establecidas.

A diferencia de la postergación total ocurrida en meses anteriores, en esta oportunidad el Ejecutivo ha optado por un esquema escalonado. De este modo, durante el mes de agosto se aplicará únicamente una fracción de los incrementos que se encontraban pendientes y que corresponden a las actualizaciones acumuladas de los años 2024, 2025 y el primer trimestre de 2026. El remanente de estos ajustes impositivos comenzará a tener vigencia recién a partir del 1 de septiembre, lo que otorga un breve respiro al precio final en los surtidores de todo el país.

El impacto de las actualizaciones impositivas en el precio del surtidor

La normativa detalla que el alcance de este ajuste parcial involucra directamente a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. Para lograr esta flexibilización, el Gobierno modificó el anterior Decreto 617/2025, el cual fijaba un cronograma de plazos más estricto para las subas impositivas. Con este cambio, se busca un equilibrio entre la necesidad de actualizar valores que han quedado rezagados frente a la inflación y la urgencia de no disparar los índices de precios al consumidor de manera abrupta en el corto plazo.

En términos nominales, los incrementos que entrarán en vigencia durante agosto son precisos y afectarán la estructura de costos de las petroleras. Para las naftas, el impuesto sobre los combustibles líquidos experimentará una suba de 10,572 pesos por cada litro vendido. Asimismo, el impuesto al dióxido de carbono sufrirá un ajuste de 0,648 pesos. En lo que respecta al gasoil, los componentes del aumento son los siguientes:

  • Impuesto sobre los combustibles líquidos: Un incremento de 9,511 pesos por litro.
  • Tratamiento diferencial: Una suba específica de 5,150 pesos por unidad de medida.
  • Impuesto al dióxido de carbono: Un ajuste de 1,084 pesos por litro de combustible.

Es importante recordar que el esquema de actualización de estos impuestos está regido por la legislación vigente, que determina que los montos fijos en pesos deben ajustarse trimestralmente. La referencia para realizar estos cálculos es la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora mensualmente el Indec. Debido a los niveles de inflación registrados en los períodos previos, la brecha entre los impuestos cobrados y los valores actualizados se había ensanchado considerablemente, lo que motivó estas correcciones progresivas.

Finalmente, esta decisión del Ministerio de Economía refleja la complejidad de gestionar la política fiscal en un contexto de estabilización de precios. Si bien el Gobierno requiere de estos ingresos para consolidar el equilibrio de las cuentas públicas, la sensibilidad de los precios de los combustibles en la cadena de distribución obliga a una aplicación cautelosa. Se espera que esta postergación parcial ayude a contener las expectativas inflacionarias durante el cierre del tercer trimestre del año.

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