Economía
24/05/2026 15:46
Conocé las fechas límite, el período de gracia y cómo se calcula el sueldo anual complementario
Con la llegada del mes de junio, los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados en Argentina aguardan el cobro de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), comúnmente denominado aguinaldo. De cara al ciclo 2026, es fundamental conocer los plazos legales establecidos por la normativa vigente para asegurar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los empleadores y la correcta percepción del beneficio por parte de los empleados. La ley 23.041 es la que regula esta modalidad de pago, abarcando tanto al sector privado como a la administración pública nacional y las empresas del Estado.
De acuerdo con la legislación argentina, el aguinaldo se divide en dos pagos anuales que buscan compensar el esfuerzo del trabajador durante cada semestre. La primera cuota tiene como fecha límite formal de acreditación el martes 30 de junio de 2026. No obstante, existe una flexibilidad técnica para los empleadores que es importante tener en cuenta. La normativa contempla un período de gracia de hasta cuatro días hábiles posteriores a la fecha oficial. Esto significa que, dependiendo del calendario bancario y administrativo de cada empresa, el pago podría extenderse legalmente hasta el lunes 6 de julio sin que esto represente una infracción por parte de la patronal.
Para calcular el monto exacto que corresponde percibir, se debe identificar la mayor remuneración mensual bruta devengada por todo concepto dentro del semestre que va de enero a junio de este año. El SAC consiste en el 50% de ese valor máximo detectado. En el cálculo integral se deben incluir los siguientes ítems:
Es relevante aclarar quiénes son los beneficiarios de este ingreso extraordinario. El aguinaldo está destinado exclusivamente a los trabajadores registrados bajo las leyes de contrato de trabajo, así como a los beneficiarios del sistema previsional, incluyendo jubilados y pensionados de la Anses. Por el contrario, quedan excluidos de este concepto los trabajadores que se desempeñan en la informalidad, las personas inscriptas en el régimen de monotributo que facturan servicios de forma autónoma y aquellos empleados sin aportes. Para estos sectores, el ingreso mensual no contempla el beneficio del decimotercer sueldo, lo que marca una diferencia sustancial en la planificación financiera familiar durante el cierre de la primera mitad del año.